miércoles, 12 de agosto de 2009

Entrevista a Elizabeth Noli

Desde los proyectos que estamos encarando (la revista, las ponencias para REDCOM) queremos abrir un espacio de debate y activismo en torno a la temática de género y diversidad afectivo sexual. Uno de nuestros ejes es la violencia de género y dentro de ella la prostitución como forma de violencia sexual ejercida por los varones sobre las mujeres, y en ese sentido la distinción entre prostitución "consentida" y trata que suelen hacer quienes abogan por la reglamentación del "trabajo sexual" nos parecen irrelevantes. ¿Cual es su opinión al respecto?
_ Nuestro país ha sido abolicionista a lo largo de su historia, en el sentido de que la legislación vigente desde comienzos del siglo pasado considera a la prostitución como una actividad ilegal. En la práctica ésto no se ha traducido en una efectiva abolición de la explotación sexual de las mujeres y niñas, ya que existe un entramado de complicidades y una naturalización de la prostitución por parte de la sociedad en su conjunto. Te encontrás por ejemplo con la señora muy religiosa a la que la prostitución obviamente le parece "un escándalo" pero admite en voz baja que, como un mal necesario, su marido introdujo a su hijo en el consumo de prostitución "para que no toque a la novia". Por otra parte consideramos que sí hay que distinguir entre prostitución y trata, ya que en este caso hay explotadores que viven del ultraje permanente a sus víctimas: las mujeres y niñas reclutadas por los proxenetas. Si por otro lado hay mujeres que deciden voluntariamente y sin coacción prostituirse, cobrando su propia tarifa mediante un acuerdo con sus propios clientes, se trata de acciones privadas de las personas y en este ámbito privado el Estado no puede intervenir.
Sin embargo la experiencia de países como Holanda que han legalizado completamente la prostitución y la industria del sexo con la excusa de que esto favorecía a las mujeres muestra que, por el contrario, el tráfico de personas desde los países periféricos y la industria legal e ilegal del sexo han crecido de manera incontrolable, al punto de que los ingresos por prostitución representan el 5% del PBI de Holanda. Por otra parte Suecia ha implementado con gran éxito desde 1999 un modelo abolicionista en el que no se considera delincuente a la mujer en situación de prostitución sino a los proxenetas, facilitadores y "clientes", y se facilita la inserción laboral y social de estas mujeres. ¿Cómo situaría a nuestro país frente a esos modelos?
_Sin duda el modelo sueco es una maravilla, pero hay que tener en cuenta que no se trata de una cuestión puramente jurídica sino ante todo cultural. Acá la llamada Ley de Trata, sancionada hace poco más de un año, se pudo llevar a cabo con enormes dificultades, y aún con falencias se puede considerar que es un gran avance, ya que le ha dado más visibilidad al problema y a partir de los debates en torno a su sanción poco a poco la temática se va instalando en la agenda.
La resonancia del secuestro de Marita Verón y de la lucha de Susana Trimarco no sólo por recuperar a su hija sino por desarticular las redes de trata ha sido muy importante en el proceso de elaboración de la ley, así como muchos otros casos posteriores en los que familiares de las víctimas y activistas contra la trata tomaron cartas en el asunto.
Hay que destacar también la tarea de algunas diputadas comprometidas con el tema desde una perspectiva centrada en los derechos humanos y con formación en género, como la tucumana Stella Maris Córdoba quien fue autora del primer proyecto presentado en el Congreso de la Nación.
Podrían establecerse similitudes y diferencias con otras leyes que en su momento fueron controvertidas y que atañen al género, como la ley de divorcio....
_Sí, en ambos casos se trata de leyes imprescindibles por la magnitud de la problemática, la cantidad de personas afectadas y el hecho de que se viculan directamente con la cuestión de género (valga recordar que con anterioridad a la sanción de la ley de divorcio vincular estaba en vigencia también un sistema de patria potestad que concebía a la familia como un ámbito en el que el padre podía decidir por sí solo en cuestiones muy importantes, y la madre quedaba reducida legalmente a una especie de minoría de edad...) pero mientras que, como ocurre usualmente con las leyes, la de divorcio venía a subsanar una demanda social percibida como urgente, en la cual gran parte de la población estaba interesada, este no es el caso de la Ley de Trata. En efecto, esta no llegó a ser sancionada como resultado de un amplio consenso social en torno al problema real de la explotación de mujeres y niñas en prostitución, sino debido a la necesidad del gobierno nacional de cumplir con los acuerdos internacionales que se habían firmado con respecto al tema, ya que como todos sabemos, se trata de una problemática global en la cual la comunidad internacional está involucrada. Estos tratados sobre defensa de los derechos humanos de mujeres, niñas y niños que incluyen desde luego la protección frente al tráfico de personas, comenzaron a suscribirse a nivel internacional desde fines de los años 60, y acá mientras tanto los gobiernos no hicieron absolutamente nada al respecto; durante el Proceso no se hizo nada...